Todos estamos preocupados por el control del mercado de monedas virtuales o criptomonedas pero, ¿realmente están las criptomonedas bajo control? En estos últimos días, el poder legislativo ha llevado acciones para controlar las inversiones en estos activos y los ingresos que por esta vía se puedan obtener, todo ello dentro del Marco Jurídico de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal.
La única forma de llevar a cabo este control es que la Hacienda Pública pueda tener información sobre la titularidad de las criptomonedas depositadas en entidades extranjeras, así como conocimiento de la cuantía que cada contribuyente tiene en propiedad y la procedencia de dichos capitales en cierto número de situaciones.
No debemos olvidar que es un producto financiero al que han acudido grandes capitales gracias a su gran opacidad, además de otras ventajas como es la revalorización descomunal que ha tenido durante estos últimos años el referido mercado de las criptodivisas.
Gracias a su volatilidad, y con ello sus grandes subidas y bajadas de valor en el mercado, manejadas en algunos casos por expertos y en otros por habilidosos, se han conseguido grandes beneficios para los inversores y, porqué no decirlo, también para los gestores.
Ante estos hechos, a los organismos europeos y españoles no les ha quedado más remedio que poner atención a esta situación y gestar una regulación para poder controlar las inversiones y los rendimientos en estas monedas.
Esta acción no sólo viene generada por un interés tributario y recaudatorio, sino también para el control de las posibles estafas que, como consecuencia de la propia actividad de compra y venta de estos activos, se están generando de forma masiva a todos los niveles y países, siendo muy numerosos los afectados.
El modelo de Declaración Tributaria 720, cuyo cometido es informar a la Hacienda Pública de forma obligatoria de los bienes o activos que se tienen en el extranjero (del tipo que sean: inmuebles, acciones, capitales, criptomonedas, etc), consiste en la correcta cumplimentación para informar a la Agencia Tributaria de la titularidad y los beneficios obtenidos o incrementos patrimoniales.
Otro objetivo de esta reciente regulación está en la obligatoriedad de los proveedores de servicios de cambio e igualmente los que de una u otra forma proporcionan servicios a terceros salvaguardando las claves criptográficas privadas, de colaborar con la Hacienda Pública de forma directa.
Hay que confiar, aunque inicialmente cuestionemos la agilidad del proceso, para que exista una colaboración entre distintos órganos de la Unión Europea y que esta información pueda ser cotejada y comprobada a todos los efectos con agilidad y rapidez al ser un entorno que se caracteriza por la inmediatez en los movimientos de sus transacciones. La efectividad e implementación en la colaboración entre estados en esta materia afectará directamente en la tramitación de todos los procedimientos que se tramitan contra plataformas estafadoras a inversionistas.
La urgencia en la trasposición de esta directiva a todos los países de la Unión Europea es especialmente necesaria, ya que facilitará la gestión de los diferentes juzgados que instruyen estas macrocausas, como la tramitada por el despacho profesional Zaballos Abogados, liderada por Emilia Zaballos, abogada y presidenta de la Asociación de Afectados por Inversiones en Criptomonedas contra Javier Biosca ante el Tribunal de Instrucción central número 1 de la Audiencia Nacional, así como frente a otras plataformas investigadas por posibles estafas como Arbistar, Kuailian, Nimbus, etc.
La confianza en el cumplimiento por los estados miembros de la Unión Europea es imprescindible en estos casos con carácter de urgencia, pues el traspaso de esta información a requerimiento de los tribunales instructores aseguran el éxito de los procedimientos frente a los estafadores en garantía de todos los afectados.
Es cierto que este sector ha sido un huerto de cultivo importante para el blanqueo de capitales durante todo este tiempo, pero es precisamente esto lo que ha acelerado que la regulación necesaria en esta materia se lleve a cabo.
La presión para que se tomen estas medidas es que los pequeños inversionistas, sin tener nada que ver con estos grandes capitales de procedencia cuestionable, se han visto afectados directamente por ciertos comportamientos fuera de la legalidad que se han producido en este entorno, siendo afectados directamente, cuando en realidad se trataba de pequeñas inversiones legales.
Por lo tanto, no es la ley la que surge y regula una situación antes de que se produzca la misma, es una necesidad social que carece de regulación y que demanda de forma desesperada y ante graves perjuicios ocasionados por la misma, una regulación para evitar el conflicto.
A modo de conclusión instamos a titulares y propietarios de criptomonedas a que se pongan al día con sus declaraciones a la Hacienda Pública para evitar sorpresas desagradables e indeseadas.